Qué establece la Disposición 670/2026
La disposición autoriza una licitación pública para contratar servicios de ensayos de laboratorio de tercera parte.
El objetivo es determinar características, propiedades o desempeño de materiales, productos, procesos o equipos mediante procedimientos especificados, normas técnicas o estándares internacionales.
Los ensayos se utilizarán dentro de las actividades de vigilancia de mercado desarrolladas conforme al marco regulatorio vigente. La contratación tiene una duración prevista de seis meses o hasta agotar las cantidades máximas requeridas, según ocurra primero.
La disposición no crea el mecanismo de vigilancia de mercado ni una nueva certificación: habilita los recursos técnicos para ejecutarlo con mayor capacidad de verificación.
Por qué debe analizarse junto con la Resolución 56/2026
La Resolución 56/2026 aprobó el Protocolo de Vigilancia de Mercado, que contempla controles para verificar que los productos sujetos a reglamentos técnicos continúen cumpliendo los requisitos cuando ya están en circulación.
La diferencia es concreta: la Resolución 56/2026 define el marco de vigilancia, mientras que la Disposición 670/2026 incorpora una herramienta para ejecutarlo mediante laboratorios independientes.
No se trata de un nuevo procedimiento de certificación previo a cada importación. Se trata de una mayor capacidad para verificar el cumplimiento efectivo en el mercado.
Qué controles podrán realizarse
Dependiendo de la categoría del producto, podrán realizarse ensayos completos, reducidos o verificaciones específicas de determinados parámetros.
También podrá comprobarse si el producto disponible en el mercado coincide con aquel que fue evaluado dentro del procedimiento de conformidad correspondiente.
La vigilancia puede alcanzar rotulados, marcados, advertencias, información obligatoria y, en determinados electrodomésticos, parámetros de eficiencia energética.
- Resistencia de aislación y rigidez dieléctrica.
- Protección contra contactos, corrientes de fuga y calentamiento.
- Resistencia mecánica y comportamiento frente a determinadas condiciones ambientales.
- Correspondencia entre fabricante, planta, modelo, componentes, materiales y características técnicas.
- Existencia, contenido y exactitud del etiquetado de eficiencia energética.
Qué productos aparecen contemplados
La contratación aprobada incluye 18 renglones de servicios de laboratorio. Estas categorías corresponden a esta contratación específica y no necesariamente representan el universo completo de productos alcanzados por la vigilancia de mercado.
- Juguetes.
- Máquinas y herramientas eléctricas accionadas por motor.
- Fuentes y cargadores.
- Aparatos eléctricos de uso doméstico.
- Dispositivos de iluminación.
- Equipos de electrónica, audio y video.
- Acondicionadores de aire.
- Refrigeradores, congeladores, freezers y lavarropas.
Qué cambia para importadores y fabricantes
La principal consecuencia práctica es que el cumplimiento no debe pensarse únicamente como la presentación correcta de certificados, informes, declaraciones, registros y rotulados.
La pregunta adicional es si el producto que efectivamente se importa o comercializa coincide con el producto respaldado por esa documentación.
Un cambio de componente, material, fuente de alimentación, fabricante o característica constructiva puede generar una diferencia relevante aunque la empresa conserve documentación formalmente válida.
Documentación no es lo mismo que conformidad efectiva
El cumplimiento documental consiste en contar con certificados, informes, declaraciones, registros, etiquetas y demás documentación exigible.
El cumplimiento efectivo exige que el producto físico que llega al consumidor sea consistente con esa documentación y cumpla los requisitos técnicos aplicables.
Ambos niveles deberían coincidir. Por eso, la certificación o la declaración de conformidad no deberían considerarse el punto final: el cumplimiento debe mantenerse durante todo el ciclo de comercialización.
Qué conviene revisar preventivamente
Ante un sistema de vigilancia más operativo, conviene realizar controles internos antes de recibir un requerimiento de la autoridad.
- Confirmar que certificados, informes y declaraciones estén vigentes, completos y asociados al producto comercializado.
- Verificar coincidencia de marca, modelo, fabricante, planta, características eléctricas, versiones y variantes.
- Detectar modificaciones de componentes, materiales, fabricantes o procesos introducidas por proveedores.
- Controlar etiquetas, advertencias, instrucciones y marcados exigibles.
- Mantener trazabilidad entre producto, modelo, proveedor, fabricante, documentación y lote.
- Definir responsables para responder notificaciones y reunir rápidamente la documentación técnica.
Conclusión
La Disposición 670/2026 no introduce una nueva certificación ni modifica de manera general los requisitos técnicos aplicables a los productos.
Sin embargo, fortalece la capacidad de la autoridad para comprobar técnicamente que los productos disponibles en el mercado cumplen con las condiciones declaradas y con los reglamentos correspondientes.
Ya no alcanza con preguntarse si existe un certificado. También es necesario asegurarse de que el producto que llega al mercado siga siendo exactamente aquel cuya conformidad puede demostrarse.
Preguntas frecuentes
¿La Disposición 670/2026 crea una nueva certificación?
No. Autoriza una contratación de laboratorios para realizar ensayos dentro de las actividades de vigilancia de mercado y no crea por sí misma un nuevo régimen de certificación.
¿Todos los productos importados serán ensayados?
No. Los ensayos se realizarán sobre productos seleccionados dentro de las acciones de vigilancia de mercado; no implica un ensayo obligatorio de cada importación.
¿Qué productos contempla la contratación?
Incluye, entre otros, juguetes, máquinas y herramientas eléctricas, fuentes y cargadores, electrodomésticos, iluminación, electrónica y productos sujetos a etiquetado de eficiencia energética.
¿Por qué revisar un producto que ya tiene certificado?
Porque la vigilancia puede verificar que el producto comercializado mantenga correspondencia con aquel respaldado por la documentación. Cambios de fabricante, componentes, características o rotulado pueden ser relevantes.
¿Los controles incluyen el etiquetado?
Sí. Según la categoría, pueden contemplar rotulado, marcado, advertencias e información vinculada con eficiencia energética.