Qué establece la Resolución General ARCA 5720/2025
Desde el 7 de julio de 2025, ARCA habilitó un régimen especial para que los importadores recuperen pagos a cuenta del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) que no pudieron compensar.
La norma crea el Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS y fija un mecanismo optativo de devolución para saldos generados en operaciones alcanzadas por los Decretos 433/2023, 14/2024 y 777/2024.
La adhesión al régimen implica renunciar a cualquier reclamo administrativo o judicial previo sobre el mismo objeto.
Quiénes pueden solicitar la devolución
El régimen está orientado a importadores que efectuaron pagos a cuenta bajo el Título II de la RG 5393 y no los compensaron total o parcialmente.
También deben tratarse de operaciones comprendidas en los decretos aplicables, como determinados acuerdos de precios o importaciones desde zonas francas. El acceso al servicio web requiere Clave Fiscal nivel 3 o superior.
Paso a paso para solicitarla
El trámite es online y se inicia desde el portal de ARCA. Conviene reunir previamente la información de cada despacho y conciliar los importes para evitar inconsistencias.
- Ingresar con Clave Fiscal y seleccionar el servicio Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS.
- Completar la Declaración Jurada DJIP con número de destinación, fecha, monto abonado, total computado y saldo pendiente.
- Adjuntar comprobantes de pago, liquidaciones bancarias y, si corresponde, certificados de exención o reducción de alícuota.
- Presentar la DJIP y confirmar. ARCA validará la información con sus bases y generará un identificador de crédito si no detecta inconsistencias.
- Hacer el seguimiento y utilizar el crédito acreditado en la subcuenta MALVINA como Medio de Pago IV para aplicarlo a derechos de importación.
Plazos y cronograma de cuotas
La ventana informada para registrar despachos y saldos fue del 8 de julio al 22 de agosto de 2025. La primera cuota estaba prevista para el 8 de septiembre de 2025 y las restantes, entre el primer y quinto día hábil de cada mes.
La cantidad de cuotas depende del saldo a favor.
- Hasta $4 millones: 1 cuota.
- Más de $4 millones y hasta $10 millones: 6 cuotas.
- Más de $10 millones y hasta $100 millones: 12 cuotas.
- Más de $100 millones: 24 cuotas.
Documentación y buenas prácticas
Antes de enviar la DJIP es recomendable conciliar cada despacho con los pagos realizados y el importe efectivamente computado. La documentación clara reduce observaciones y facilita el seguimiento.
- Comprobantes bancarios que acrediten los pagos a cuenta.
- Constancias de despacho o DUAs selladas.
- Planilla interna con la conciliación entre lo pagado y lo computado.
- Poder o mandato digital si el trámite lo realiza un despachante.
- Firma digital habilitada y archivos PDF ordenados.
Conclusión
La RG ARCA 5720/2025 ofrece una vía online para que los importadores recuperen saldos a favor del Impuesto PAIS mediante un registro electrónico, la DJIP y la acreditación del crédito en el SIM.
Por tratarse de un régimen con plazos y requisitos específicos, es importante verificar la situación concreta, la documentación respaldatoria y cualquier actualización oficial antes de iniciar una presentación.
Preguntas frecuentes
¿Quiénes pueden pedir la devolución?
Importadores que realizaron pagos a cuenta del Impuesto PAIS bajo la RG 5393 y no los compensaron total o parcialmente, siempre que la operación esté comprendida en el régimen.
¿Qué formulario se presenta?
La Declaración Jurada DJIP, dentro del servicio específico de ARCA para registrar despachos con pagos a cuenta no computados.
¿Dónde se acredita el crédito?
En la subcuenta MALVINA como Medio de Pago IV, desde donde puede aplicarse a derechos de importación según corresponda.
¿Qué pasa si ARCA detecta inconsistencias?
El sistema permite descargar el archivo de inconsistencias, corregir la información y reenviar una nueva DJIP.